CONGRESO DEL ESTADO FIRMA ACTA DE INICIO FORMAL DE TRABAJOS DE AUDITORÍA DE LA CUENTA PÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2023.

EL INSTITUTO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR INICIARÁ LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA, DE ACUERDO A SU PROGRAMA ANUAL.

El Congreso del Estado, a través del Presidente de la Directiva, firmó el acta de inicio formal de los trabajos de auditoría de la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2023, que realizará el Instituto de Fiscalización Superior del Estado.

Con este acto formal, se da inicio formal con el proceso de fiscalización al Poder Legislativo, dentro del Programa de Anual de Auditorías que realiza el Instituto de Fiscalización Superior para  garantizar la certeza, legalidad, transparencia y rendición de cuentas.

El Congreso del Estado, a través del Presidente de la Directiva y de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO), reiteró el compromiso de apertura y transparencia para la revisión de los diversos documentales.

Se indicó que el Instituto de Fiscalización Superior llevará a cabo los trabajos de auditoría, bajo criterios de selección relacionados con el presupuesto de cada entidad fiscalizada, mecanismos de control interno, riesgos inherentes, resultados y estado que guardan las observaciones de ejercicios anteriores.

De acuerdo a la Ley de Fiscalización Superior del Estado, el objetivo de la fiscalización de las cuentas públicas de los sujetos obligados, es el de verificar la forma y términos en que los ingresos fueron recaudados, obtenidos, captados y administrados; constatar que los recursos provenientes de financiamientos y otras obligaciones y empréstitos se contrataron, recibieron y aplicaron de conformidad con lo aprobado; y revisar que los egresos se ejercieron en los conceptos y partidas autorizados, incluidos, entre otros aspectos, la contratación de servicios y obra pública, las adquisiciones, arrendamientos, subsidios, aportaciones, donativos, transferencias, aportaciones a fondos, fideicomisos y demás instrumentos financieros, así como cualquier esquema o instrumento de pago a largo plazo. 

Además, de revisar si se cumplió con las disposiciones jurídicas aplicables en materia de sistemas de registro y contabilidad gubernamental; contratación de servicios, obra pública, adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación y baja de bienes muebles e inmuebles; almacenes y demás activos; recursos materiales, y demás normatividad aplicable al ejercicio del gasto público, entre otros aspectos.

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