SE APROBÓ LA MINUTA CON PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAR LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN MATERIA DE BIENESTAR.

SE DEJA CONSAGRADO EN LA CARTA MAGNA, COMO DERECHOS SOCIALES Y FUNDAMENTALES DE LAS Y LOS MEXICANOS, LOS PROGRAMAS DEL BIENESTAR

En Sesión Ordinaria se aprobó por unanimidad la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 4° y 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Bienestar.

De manera esencial, la reforma constitucional busca dejar consagrado en la Carta Magna, como derechos sociales y fundamentales de las y los mexicanos, los programas del bienestar, como una urgente medida para reconstruir el país, levantar la moral pública, pacificar la vida comunitaria y devolver la dignidad a la ciudadanía, pues de acuerdo con el INEGI, entre el 2018 y 2022, alrededor de 5.1 millones de personas dejaron la pobreza, debido a los apoyos sociales.

De esta manera, se establece que  la Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años, en los términos que fije la ley. 

El Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a las personas menores de dieciocho años de edad, en términos que fije la ley. 

Asimismo, la reforma estipula que los recursos destinados a las pensiones para adultos mayores y personas con discapacidad no podrán ser menores con respecto al año anterior, conforme a los principios de progresividad y no regresión.

La pensión para adultos mayores ya está en el artículo 4º de la Constitución Federal; sin embargo, la reforma contempla bajar de 68 a 65 años la edad para comenzar a recibir este apoyo económico, el cual es universal. 

En lo relativo a la reforma al  artículo 27 de la Carta Magna, establece que el Estado garantice un jornal seguro, justo y permanente a campesinos que trabajen sus tierras sembrando árboles frutales, maderables y especies que requieran ser procesadas. El mismo numeral establece la entrega de un apoyo económico anual directo a productores de pequeña escala, así como el reparto de fertilizantes gratuitos a este sector de la población.

El Estado mantendrá precios de garantía para el maíz, frijol, leche, arroz y trigo harinero o panificable, en los términos de las disposiciones aplicables

La reforma al artículo 27 constitucional también contempla la obligación del Estado de otorgar un apoyo económico anual directo a pescadores de pequeña escala.

En la discusión, participaron las legisladoras Gabriela López Torres, Frinné Azuara Yarzabal, Sara Rocha Medina, Dulcelina Sánchez de Lira, y Brisseire Sánchez; así como los diputados Carlos Arreola Mallol, Héctor Serrano Cortés, Marcelino Rivera Hernández, Marco Gama Basarte, José Roberto García Castillo, Rubén Guajardo Barrera y Luis Fernando Gámez Macías.

Una vez aprobado, se remite al Congreso de la Unión para los efectos del artículo 135 de la Carta Magna Federal.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria el próximo lunes 4 de noviembre de 2024 a las 11:00 horas en el Salón “Ponciano Arriaga Leija” de Jardín Hidalgo 19. 

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